La Junta Arbitral Provincial de Consumo tramitó 320 solicitudes de arbitraje en el primer semestre del año

 

El servicio de Consumo de la Diputación de Huelva –la Junta Arbitral Provincial de Consumo- tramitó durante el primer semestre de 2012 un total de 320 solicitudes de arbitraje de consumo mediante el procedimiento reglado. En ese periodo se han atendido asimismo unas 150 consultas presenciales y telefónicas, que no ha acabado en procedimiento arbitral.

En la provincia de Huelva existen más de 3.000 empresas adheridas a al Sistema Arbitral, pertenecientes a muy diversos sectores (supermercados, comercios, venta de automóviles…), contando también con la adhesión de las grandes operadoras de telefonía y empresas nacionales, como Correos, Endesa, Renfe, etc. Empresarios y asociaciones empresariales son uno de los tres pilares básicos del Arbitraje de Consumo, junto a consumidores y asociaciones de consumidores y la propia administración.

La mayor parte de las reclamaciones registradas en los primeros seis meses del año sigue siendo las operadoras de telefonía, reduciéndose otro tipo de reclamaciones por el descenso de las operaciones de consumo, algo que se ha apreciado especialmente en sectores como la vivienda, compra-venta de vehículos, etc.

Dentro de las reclamaciones de telefonía, el principal problema se está dando con la inclusión de los datos de los consumidores en un registro de morosos. La operadora intenta el cobro de una deuda y si no lo consigue en primera instancia, cede la deuda a una intermediaria, quien se dedica a amenazar al consumidor hasta que consigue el cobro. En caso contrario transmite los datos del consumidor a un registro de morosos, con los consiguientes inconvenientes que esto supone.

En esta difundida práctica de las operadoras existen dos ilegalidades. En primer lugar, porque para ceder una deuda tiene que existir el consentimiento del cesionario que en la mayor parte de los casos no tiene ni tan siquiera contrato con la operadora. Y en segundo, porque según la Ley de Protección de datos no se pueden ceder datos a un registro de solvencia cuando la deuda no es real, vencida, líquida y exigible y se ha reclamado previamente.

El procedimiento de cesión de la deuda y de inclusión en el registro de morosos está totalmente estandarizado por la operadora, en los casos que llegan a la Junta Arbitral provincial se aconseja a los consumidores como proceder en este tipo de situaciones.

Brevedad, gratuidad y carácter vinculante
La Junta Arbitral Provincial de Consumo se constituyó hace más de una década, tiempo en el que ha conseguido que más de 3.000 establecimientos se hayan adherido voluntariamente al Sistema Arbitral. Desde el servicio se realiza anualmente campañas de difusión y adhesión de empresas en todos los pueblos de la provincia, ya que el objetivo es que todos los empresarios tengan la oportunidad de adherirse al Sistema Arbitral.

El Sistema Arbitral de Consumo es un sistema extrajudicial de resolución de conflictos que beneficia tanto a los consumidores como a los empresarios, ya que ambas partes están representadas por igual. El procedimiento es gratuito –lo presta la Diputación-, el sistema es rápido y ágil, ya que tiene pocos trámites y los conflictos se solucionan en corto espacio de tiempo, y eficaz, pues los laudos o resoluciones adoptadas son vinculantes para ambas partes.

Las empresas adheridas exhiben un distintivo oficial que acredita su pertenencia al sistema, lo que supone una garantía para el consumidor, que puede confiar en que estos establecimientos le ofrecen un servicio adicional rápido y eficaz para la resolución de posibles conflictos. Se trata, por tanto, de una acreditación de que estos empresarios apuestan por la calidad en el trato a los clientes.

Es cuanto al papel de los diferentes organismos de la administración que tienen competencia en consumo, el consumidor en su municipio se puede dirigir a la Oficina Municipal de Información al consumidor. (OMIC), quienes dan toda la información pertinente y asesoran la vía según el tipo de reclamación. Las OMICs también tienen potestad para tramitar las hojas de reclamaciones en el caso de quejas y denuncias. Una vez tramitada la hoja de reclamaciones, si no se ha llegado a un acuerdo y existe una petición de carácter económico, se les ofrece el arbitraje de consumo como mecanismo de resolución de sus conflictos, trasladándose la solicitud de arbitraje aceptada a la Junta Arbitral Provincial de Consumo.

El consumidor puede presentar también su hoja de reclamaciones ante el Servicio de Consumo de la Junta de Andalucía, quien seguirá los mismos pasos. Teniendo además la potestad de la inspección y el procedimiento sancionador.

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