Programa Cine en el Pueblo 2020

BASES DEL PROGRAMA CINE EN EL PUEBLO 2020 (BOP Nº 105, de 7 de julio de 2020)

1. OBJETIVO

El programa Cine en el Pueblo surge en el año 1992 con la intención de cubrir el vacío existente en la provincia en programaciones culturales de cine, agravado por el hecho de la no existencia de salas comerciales ni públicas ni privadas y con el objetivo de proyectar películas actuales en cualquier municipio o aldea de la provincia onubense.

2. NORMATIVA

· Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

· Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

· Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril que aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

· Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

· Bases de Ejecución del Presupuesto de 2020.

3. DESTINATARIOS

Municipios y entidades locales menores de 5.000 habitantes de la provincia de Huelva.

4. CONTENIDO Y FECHAS

1. Proyección de películas actuales seleccionadas por la Diputación siguiendo criterios de calidad cinematográfica, amenidad e interés público y destinadas mayoritariamente a un público familiar.

2. Se exhibirán, preferentemente, desde el 13 de julio hasta el 11 de septiembre de 2020, de lunes a viernes. Este período podrá ser modificado por el Servicio de Cultura cuando existan elementos de juicio suficientes para ello.

5. PARTICIPACIÓN: PLAZOS Y REGISTRO DE SOLICITUDES

1. El plazo de presentación de solicitudes será de 7 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de este Programa en el Boletín Oficial de la Provincia.

2. Se cumplimentará el Anexo I, presentándose en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Huelva, (https://sede.diphuelva.es/opencms/opencms/sede), indicando la película elegida, tres fechas posibles y lugar de proyección, adjudicando la Diputación conforme a calendario.

3. Si alguna solicitud estuviera incompleta o adoleciera de algún defecto, se establece un plazo máximo de tres días hábiles para subsanación, que en caso de que no producirse se le tendrá por desistido.

4. Solo se podrá cursar una solicitud por municipio o entidad, no admitiéndose las  presentadas fuera de plazo.

6. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

El orden de llegada de las solicitudes al Registro de la Diputación, marcará la selección de los municipios y entidades, hasta el límite de la consignación presupuestaria.

7. ADECUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CON MOTIVO DEL COVID-19. MEDIDAS PREVENTIVAS.

La Diputación de Huelva pone en marcha el programa "Cine en el Pueblo" convencida de la necesidad de reactivar las actividades culturales tras el parón sufrido con motivo de la crisis sanitaria del COVID-19. No obstante, a pesar de que las expectativas son favorables, podrán ser necesarias medidas preventivas que armonicen el disfrute de la actividad de cine con la protección de la salud y seguridad pública de todos.

Estas medidas preventivas resultarán de la legislación que promulguen las diferentes administraciones públicas competentes en la materia y estén vigentes en el momento de llevarse a cabo la proyección.

8. OBLIGACIONES DE LA DIPUTACIÓN

1. Puesta a disposición de los Ayuntamientos el personal técnico y el material necesarios: películas, equipos de proyección y sonido y pantalla.

2. Selección de películas de distintos géneros y temáticas (Anexo III).

3. Edición de un cartel genérico del Programa Cine en el Pueblo 2020.

4. Cualquier modificación de las fechas previstas para las proyecciones se arbitrará a través del Servicio de Cultura, atendiendo a razones técnicas o de conveniencia de las partes.

9. OBLIGACIONES DE LOS MUNICIPIOS

1. Cumplir las medidas de seguridad y sanitarias implantadas por las administraciones competentes a consecuencia de la crisis sanitaria originada por el COVID-19, destinando los recursos necesarios para ello. A este respecto, la Diputación Provincial de Huelva queda eximida de cualquier responsabilidad derivada de cualquier reclamación que se haga por el incumplimiento de las presentes bases o de la legislación vigente en materia de COVID-19.

2. Destinar un mínimo de dos personas encargadas de dar apoyo en las labores de carga-descarga, montaje-desmontaje, o cualquier otra necesidad requerida por el Técnico de proyección, así como asignar un responsable municipal durante la proyección que garantice el adecuado desarrollo de la actividad.

3. Adecuar un espacio al aire libre, cerrado en su contorno; toma de corriente de 220 v; sillas para los espectadores y en el supuesto de condiciones climatológicas adversas, habilitar una sala cerrada. En caso de plaza pública o parque municipal, prever además el corte del alumbrado público y el tránsito de vehículos.

4. Determinar la hora de inicio de la actividad, consensuada con el Técnico de proyección.

5. Realizar la difusión de la actividad, insertando en cualquier soporte o formato publicitario, los logotipos de la Diputación y “Objetivos de Desarrollo Sostenible”.

6. Comunicar a la Diputación, cualquier eventualidad en el desarrollo de la actividad.

7. Remitir la ficha de evaluación (Anexo II) a mjbarrosorengel@diphuelva.org

10. PRESUPUESTO TOTAL Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

El presupuesto máximo disponible para el desarrollo de este programa es de QUINCE MIL € más IVA imputados a la partida presupuestaria 22220 33400 22700 del Presupuesto de la Diputación de Huelva para el ejercicio 2020.

11. RESOLUCIÓN

Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes, por Decreto de la Presidencia se aprobará la lista de municipios o entidades participantes en  la campaña, seleccionadas por el Servicio de Cultura, con indicación de la película y fecha adjudicadas.

La notificación a los interesados se hará a través de la página web del Servicio de Cultura: http://www.diphuelva.es/cultura/contenidos/Cine-en-el-Pueblo-00001/

12. PROTECCIÓN DE DATOS

En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa de protección de datos le informamos que la entidad responsable de la recogida y tratamiento de sus datos es la Diputación Provincial de Huelva, NIF P2100000E. Esta recogida está legitimada y tiene por finalidad la gestión de la solicitud de participación en este programa, conforme a las obligaciones legales para este tipo de procedimiento, en el ejercicio de una función pública. Los datos serán tratados por las unidades y servicios de la Diputación de Huelva, no cediéndose a terceros, salvo prescripción legal o judicial. Los solicitantes y los titulares de los datos que se van a facilitar tienen, entre otros, derecho a acceder, rectificar y suprimirlos con las limitaciones que la ley establece. Estos derechos se pueden consultar en la información adicional publicada en la dirección web http://www.diphuelva.es/contenidos/Proteccion-de-Datos/

El contacto del Delegado de Protección de Datos de la Diputación de Huelva es dpd.dph@diphuelva.org

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